Suspensión de Procedimiento Administrativo

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Suspensión de Procedimiento Administrativo

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El contribuyente podrá solicitar la suspensión del Procedimiento Administrativo para que la autoridad no le requiera el pago, debiendo ofrecer garantía en los términos y formas establecidos por la legislación fiscal.

Cuando el contribuyente tenga interpuesto algún juicio de nulidad en contra de un crédito fiscal que le hayan impuesto, podrá pedir la suspensión del procedimiento administrativo de ejecución por escrito ofreciendo garantía cumpliendo con los requisitos.

Dirigido a 
Ciudadano/Empresarial
Homoclave 
GENL-SFyTGE-027
Modalidad 

No aplica.

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Las condiciones descritas en esta página deben ser respetadas por los servidores públicos de la dependencia u organismo ante quienes se gestione el trámite o servicio. No podrán solicitarse requisitos, documentación o información adicional a la aquí mencionada. En caso contrario, cualquier ciudadano o persona moral podrá formular Queja ante la Comisión Estatal de Mejora Regulatoria en las oficinas ubicadas en la Torre Administrativa Piso 15, Washington No. 2000 Ote., Col. Obrera C.P. 64010; o en línea, a través del botón Queja Ciudadana en la parte inferior.
Para mayor información consultar http://retys.nl.gob.mx/servicios/queja-ciudadana

Queja Ciudadana

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Teléfono:
070
5 de Junio de 2023

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